Gestión Ley de Dependencia
La Ley de Dependencia es en sí misma una ayuda y protección a las personas dependientes con falta de autonomía ya sea física, mental, intelectual o sensorial que precisan ayuda en su día a día para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
Nosotros le ayudamos con la cumplimentación y tramitación de la ayuda de la Ley de Dependencia
Esta Ley tiene carácter de legislación básica estatal, es decir, existe reparto de competencias entre el Estado y la Comunidad Autónoma. En en caso de la Junta de Extremadura, lo tramita el SEPAD (Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia).
¿Cuáles son los grados que considera La Ley de Dependencia?
La Ley de Dependencia contempla tres grados. Se basa en ellos para decidir la ayuda que precisa la persona dependiente.
- Grado I o de dependencia moderada: es cuando la persona dependiente necesita ayuda para hacer las actividades de la vida diaria.
- Grado II o dependencia severa: es cuando la persona dependiente precisa ayuda más de dos o tres veces diarias para las actividades de la vida diaria.
- Grado III o gran dependencia: es cuando la persona con dependencia requiere ayuda más de tres veces al día por no tener autonomía física, mental, intelectual y/o sensorial.


¿Qué tipos de prestaciones contempla la Ley de Dependencia?
- Prestación vinculada al servicio, se da periódicamente mientras que no se pueda acceder a un servicio público.
- Prestación a los cuidadores familiares, se da cuando al beneficiario le atienden familiares en primer grado hasta tercer grado de consanguinidad.
- Prestación de asistencia personal, es una asistencia por horas.